Contadores y entendidos del tema.
Una consulta...
Tengo que calcular la posición mensual de IVA mes Diciembre.
DF = 1493,73
CF = 1171,35
Retenciones de IVA compras = 264,25
Hasta ahí todo bien. Me dice que en Noviembre la cosa fué así:
Determinación del impuesto:
DF = 1863
CF = 1504
Saldo a favor del período anterior = 362
Saldo técnico a favor del responsable = 3
Determinación de la declaración jurada mensual:
Saldo técnico AFIP = 0
Saldo técnico contribuyente = 3
Saldo libre disponibilidad período anterior = 0
Retenciones y percepciones = 156
Saldo de libre disponibilidad del período = 156
Lo que yo hice fué:
DF $ 1.493,73
CF -$ 1.171,35
IVA A PAGAR $ 322,38
SALDO TECNICO -$ 3,00
PERCEPCIONES -$ 264,25
SALDO LIBRE DISP. -$ 156,00
IVA A FAVOR -$ 100,87
Qué tul?
Hola herr_kule
Me parece que estas mezclando los saldos... y tenes que discriminarlos.
Noviembre
DF: 1863
CF: 1504
SAF técnico anterior: 362
Saldo técnico a favor: 3
Retenciones y percepciones: 156
Saldo libre disponibilidad: 156
Diciembre
DF: 1493.73
CF: 1171.35
Saldo técnico a fav : 3
Sal técnico: 319.38
Retenciones: 264.25
Saldo libre disponibilidad anterior: 156
Saldo libre disponibilidad: 100.87
El tema es que el saldo técnico, no es un saldo de "libre disponibilidad" El saldo técnico que surge de la dif de créditos y débitos, se queda en el primer párrafo y se arrastra ahi, no podes disponer de él. El saldo de libre disponibilidad, se puede utilizar para cancelar otros impuestos y es el resultado del técnico, menos lo que deduzca, y menos el saldo a favor "de libre disponibilidad del periodo anterior".
Como te dice en los datos que te dan, en el 1º párrafo se determina el impuesto y en el 2º la Declaración jurada. Si el primero da a pagar, juega en el segundo, si da a favor, no.
Si no te queda claro, siga preguntando, hasta donde pueda, te aclaro.
Saludos :up:
EDITO: Me habia comido las perc de noviembre... Tene cuidado en el orden en que pones los saldos, por el tema de los párrafos nomas. Me gusta el tema y me colgue con el desarrollo y la explicación, jejeje
Cita de: lavioleja en Octubre 15, 2009, 18:43:54
Hola herr_kule
Me parece que estas mezclando los saldos... y tenes que discriminarlos.
Noviembre
DF: 1863
CF: 1504
SAF técnico anterior: 362
Saldo técnico a favor: 3
Retenciones y percepciones: 156
Saldo libre disponibilidad: 156
Diciembre
DF: 1493.73
CF: 1171.35
Saldo técnico a fav : 3
Sal técnico: 319.38
Retenciones: 264.25
Saldo libre disponibilidad anterior: 156
Saldo libre disponibilidad: 100.87
El tema es que el saldo técnico, no es un saldo de "libre disponibilidad" El saldo técnico que surge de la dif de créditos y débitos, se queda en el primer párrafo y se arrastra ahi, no podes disponer de él. El saldo de libre disponibilidad, se puede utilizar para cancelar otros impuestos y es el resultado del técnico, menos lo que deduzca, y menos el saldo a favor "de libre disponibilidad del periodo anterior".
Como te dice en los datos que te dan, en el 1º párrafo se determina el impuesto y en el 2º la Declaración jurada. Si el primero da a pagar, juega en el segundo, si da a favor, no.
Si no te queda claro, siga preguntando, hasta donde pueda, te aclaro.
Saludos :up:
EDITO: Me habia comido las perc de noviembre... Tene cuidado en el orden en que pones los saldos, por el tema de los párrafos nomas. Me gusta el tema y me colgue con el desarrollo y la explicación, jejeje
De lujo, gracias :palmas:
La verdad es que lo vimos el viernes pasado a las apuradas y hoy es el parcial.
Como siempre argento contribuye a mi crecimiento :up: